Resumen | |
[J] | Consecuencia de la omisión del trámite preceptivo de subsanación de deficiencias o falta de documentación en procedimiento sancionador. Retribución de la actividad de distribución de energía eléctrica.(publicado en Actualidad Diaria 4754 el 11 de abril de 2024) |
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La empresa mercantil Saltos del Cabrera, S.L. impugna mediante el presente recurso contencioso administrativo la Orden TED/749/2022, de 27 de julio, por la que se aprueba el incentivo o penalización para la reducción de pérdidas en la red de distribución de energía eléctrica para el año 2016, se modifica la retribución base del año 2016 para varias empresas distribuidoras, y se aprueba la retribución de las empresas de distribución de energía eléctrica para los años 2017, 2018 y 2019, en lo que afecta a determinados aspectos de la retribución que le corresponde para el año 2017. En particular la recurrente impugna el importe reconocido del ROMNLAE de 2015, inferior al que considera procedente y que determina una retribución de 2017 también inferior a la que en su opinión le correspondería. Solicita que se anule el valor del ROMNLAE 2015 atribuido a Saltos del Cabrera contenido en el anexo IV de la Orden impugnada, que asciende a 3.151 € y se le reconozca un importe de 22.368,12 € y, como consecuencia de lo anterior, que se recalcule la retribución de 2017 y se le abone la nueva retribución con los intereses correspondientes. El Supremo estima el recurso. | |
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